Programa Nacional Transfusional y de Bancos de Sangre
Establece un sistema de bancos de sangre regionales, que desarrollen sus funciones bajo los estándares básicos de calidad y que aseguren un suministro adecuado de sangre mediante la donación altruista, voluntaria y repetida.
Garantiza el uso de sangre segura en todo el territorio nacional.
Norma adecuadamente el aprovisionamiento, donación y aplicación de sangre humana, sus productos y derivados en los centros nacionales estatales y privados que se dedican a tal actividad.
Supervisa la aplicación de las normas específicas generadas según lo anterior.
Funciones del Bancos de Sangre
Según el artículo 4 del Acuerdo Ministerial No. SP-M-2035-2003, las funciones del Programa Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre son:
- Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, para su aprobación, las normas y los procedimientos técnicos y de administración sanitaria para el adecuado funcionamiento de los Bancos de Sangre que funcionan en la república de Guatemala;
- Rendir informe en un plazo no mayor de treinta (30) días, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud como requisito previo para la autorización de funcionamiento y cancelación de los Bancos de Sangre,
- Rendir informe de control de calidad de procesamiento de la sangre y sus componentes en los Bancos de Sangre, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud;
- Supervisar el funcionamiento de los Bancos de Sangre Estatales, del Seguro Social, de las Fuerzas Armadas, Cruz Roja y privados habilitados que funcionan en la república de Guatemala;
- Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la regionalización y/o la centralización de los Bancos de Sangre estatales, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre;
- Coordinar actividades de capacitación;
- Velar por la creación de los comités hospitalarios, que se relacionen a la materia
- Velar porque en la red de Bancos de Sangre, se aplique a la sangre y sus derivados los procedimientos y controles de calidad que aseguren a la población guatemalteca el uso de ?sangre segura?
- Requerir de todos los Bancos de Sangre autorizados, la información que considere pertinente para tomar las medidas necesarias que conllevan el uso de sangre segura;
- Mantener un subsistema de información permanente en forma recíproca con todos los Bancos de Sangre autorizados, en lo referente a donadores, resultados de pruebas de tamizaje y utilización de sangre y componentes;
- Velar por el sistema de garantía de calidad externa;
- Informar periódicamente a la población, en coordinación con los medios de comunicación social, que Bancos de Sangre han sido autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para garantizar el uso sangre segura; y
- Promover la donación voluntaria y altruista a repetición.
FUENTE: http://www.mspas.gob.gt
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