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31 de diciembre de 2011

Banco de Sangre

Programa Nacional Transfusional y de Bancos de Sangre
Establece un sistema de bancos de sangre regionales, que desarrollen sus funciones bajo los estándares básicos de calidad y que aseguren un suministro adecuado de sangre mediante la donación altruista, voluntaria y repetida.
Garantiza el uso de sangre segura en todo el territorio nacional.
 
Norma adecuadamente el aprovisionamiento, donación y aplicación de sangre humana, sus productos y derivados en los centros nacionales estatales y privados que se dedican a tal actividad.

Supervisa la aplicación de las normas específicas generadas según lo anterior.

 Funciones del Bancos de Sangre
 
Según el artículo 4 del Acuerdo Ministerial No. SP-M-2035-2003, las funciones del Programa Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre son:
  1. Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, para su aprobación, las normas y los procedimientos técnicos y de administración sanitaria para el adecuado funcionamiento de los Bancos de Sangre que funcionan en la república de Guatemala;
  2. Rendir informe en un plazo no mayor de treinta (30) días, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud como requisito previo para la autorización de funcionamiento y cancelación de los Bancos de Sangre,
  3. Rendir informe de control de calidad de procesamiento de la sangre y sus componentes en los Bancos de Sangre, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud;
  4. Supervisar el funcionamiento de los Bancos de Sangre Estatales, del Seguro Social, de las Fuerzas Armadas, Cruz Roja y privados habilitados que funcionan en la república de Guatemala;
  5. Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la regionalización y/o la centralización de los Bancos de Sangre estatales, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre;
  6. Coordinar actividades de capacitación;
  7. Velar por la creación de los comités hospitalarios, que se relacionen a la materia
  8. Velar porque en la red de Bancos de Sangre, se aplique a la sangre y sus derivados los procedimientos y controles de calidad que aseguren a la población guatemalteca el uso de ?sangre segura?
  9. Requerir de todos los Bancos de Sangre autorizados, la información que considere pertinente para tomar las medidas necesarias que conllevan el uso de sangre segura;
  10. Mantener un subsistema de información permanente en forma recíproca con todos los Bancos de Sangre autorizados, en lo referente a donadores, resultados de pruebas de tamizaje y utilización de sangre y componentes;
  11. Velar por el sistema de garantía de calidad externa;
  12. Informar periódicamente a la población, en coordinación con los medios de comunicación social, que Bancos de Sangre han sido autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para garantizar el uso sangre segura; y
  13. Promover la donación voluntaria y altruista a repetición.

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